Se realizan modificaciones para cumplir con la Ley 20.296, con el objetivo de aumentar la seguridad tanto de los pasajeros como de las personas encargadas del mantenimiento de los ascensores.
Entre los aspectos esenciales a tener en cuenta se incluyen:
- Los propietarios de los equipos son responsables de celebrar un contrato de instalación o mantenimiento con empresas registradas en el listado de contratistas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
- Los propietarios deben certificar sus equipos anualmente en edificios comerciales y cada dos años en instalaciones habitacionales. Deben utilizar un certificador registrado en el listado del MINVU y mostrar el certificado en un lugar visible.
- Los propietarios enfrentan multas de hasta 150 UF por no certificar un ascensor y pueden sufrir la suspensión de su uso.
- Con la emisión del Decreto Supremo (DS) 37 en julio de 2015 y su publicación en abril de 2016, se introduce una fiscalización periódica de la certificación, la entrega de la «Carpeta Cero» y las mejoras para cumplir con las normas antisísmicas (NCh 3362, oficializada en enero de 2016) en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC).
- Las certificaciones en general para ascensores, montacargas, escaleras y rampas mecánicas se basarán en las siguientes normas chilenas:
- NCh 440 1 y 2, para equipos instalados después del 21 de octubre de 2010.
NTM008, para equipos instalados antes del 21 de octubre de 2010.
NCh 2840 1 y 2, referente a los procedimientos de inspección.
NCh 3362, sistemas antisísmicos.
NCh 3344 1 y 2, escaleras y rampas mecánicas.
Otras normativas aplicables.
Somos JM Ascensores, una empresa chilena que ofrece servicios de ascensores en Santiago y en diversas regiones del país.
En JM Ascensores, somos una empresa nacional con una sólida trayectoria de más de 15 años en el rubro. Estamos registrados en el MINVU con el Rol 13-0299 en la categoría de «Mantenedor».
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